Otras dudas

Vivo en un piso de alquiler, ¿puedo cambiar de compañía?

Hoy en día, cada vez son más las personas que, en lugar de adquirir una vivienda propia, optan por la alternativa de alquilar un piso y compartirlo con amigos o compañeros. Sin embargo, la propiedad de ese piso se encuentra en manos de un tercero —el propietario— y por tanto la cuestión del suministro, su titularidad y la libertad de maniobra y gestión de los propios inquilinos suele ser fruto de dudas y conflictos.
La clave para conocer el alcance del poder de decisión de los inquilinos sobre tarifas o a la hora de cambiar de compañía eléctrica reside en la propia titularidad del contrato.

La titularidad del contrato

En pocas palabras, los inquilinos de un piso tienen efectivamente el derecho y la posibilidad de cambiar de compañía eléctrica y escoger la que prefieran o mejor se adapte a sus hábitos de consumo. Sin embargo, para ello, deben ser titulares del contrato.
No obstante, es algo muy común que la titularidad del contrato de luz permanezca a nombre del propietario y arrendatario de la vivienda para evitar papeleo innecesario o burocracia tediosa. Nada más lejos de la realidad ya que, como ya hemos visto, cambiar de compañía eléctrica resulta muy sencillo.

Lo que dicta la Ley

A este respecto, el Real Decreto 1955/2000 establece claramente en el artículo 79.3 que el usuario final de la energía no solo tiene el derecho sino también la obligación de ser el titular de la tarifa de luz, afirmación que contraviene la práctica de cientos de arrendatarios.
Por otra parte, ser el titular no equivale automáticamente a ser el responsable de realizar los pagos de las facturas, aunque la Ley establece que si en el contrato no se especifica lo contrario, es el inquilino el que afronta el cobro.

Ventajas para las dos partes

Si los inquilinos son los titulares del contrato, los propietarios del piso se verán libres de toda responsabilidad en lo que a impagos y otros tipos de conflictos parecidos se refiere.
Por su lado, los inquilinos podrán elegir por mantenerse con la misma tarifa y compañía o, por el contrario, ajustar la tarifa a sus necesidades y hábitos de consumo reales, solicitar el Bono Social o incluso cambiar de compañía eléctrica, todo ello pudiendo realizar las gestiones por su cuenta.
En definitiva, la persona que alquila un piso puede optar poner a su nombre los suministros del inmueble de mutuo acuerdo contactando con el propietario. También podrá realizar el cambio de titularidad presentando un justo título —contrato de alquiler en este caso—, cuando, por cualquier motivo, no pueda contactar con el dueño/a de la vivienda.