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¿Cuánto cuesta dar de alta la luz?
Es un hecho que la electricidad se ha vuelto parte indispensable en nuestras vidas y que, por tanto, prescindir de ella para desarrollar nuestras tareas cotidianas se vuelve difícil. Así que vayamos a lo que nos interesa: ¿cuánto cuesta dar de alta la luz?
Dar de alta la luz es un trámite más que tenemos que afrontar a la hora de instalarnos en una vivienda, ya sea de nueva construcción o de alquiler.
Factores a tener en cuenta para calcular el coste de dar de alta la luz
Es sencillo. Conocer cuánto cuesta dar de alta la luz dependerá de varios factores como si se trata de un alta nueva o una reactivación de suministro y en este último caso, del tiempo que lleva la luz cortada, así como de la potencia eléctrica que deseamos contratar —o si mantenemos la misma que el anterior inquilino, por ejemplo—.
En cualquier caso, nos interesa saber que, de entrada, si queremos dar de alta la luz en un inmueble de nueva construcción tendremos que abonar los tres costes regulados por el gobierno independientemente de la compañía eléctrica que contratemos:
- Derechos de extensión: 17,70€ + IVA por la potencia contratada.
- Derechos de enganche: 9,04€ + IVA.
- Derechos de acceso: 19,70€/kW contratado + IVA.
¿Cuánto tendré que pagar por alta en una vivienda nueva?
Cuando queramos dar de alta la luz en una vivienda en la que nunca se ha habitado y que, por tanto, no existía el suministro antes, debemos abonar la totalidad de los costes impuestos por el gobierno. Es decir, tendremos que hacer frente a los derechos de extensión, derechos de enganche y derechos de accesos. Además, deberemos elegir qué potencia eléctrica debemos contratar.
¿Cuánto me costará reactivar un suministros desactivado?
Llegamos a un piso de alquiler, por ejemplo, donde tenemos que dar de alta la luz porque estaba desactivada. En este caso, sólo tendremos que abonar los derechos de acceso y los derechos de enganche ya que si queremos mantener la potencia eléctrica que había contratado el anterior inquilino, los derechos de extensión seguirán vigente.
Si, por el contrario, queremos modificar la potencia, de nuevo tendremos que hacer frente a los gastos de extensión.
El pago de los tres derechos para dar de alta la luz serán abonados a nuestra comercializadora en las primeras facturas, normalmente. Sin embargo, esta cantidad pertenece a la distribuidora de cada zona, ejerciendo así de intermediadora la compañía actual.