¿Cómo solicitar el bono social en 2020?

Pertenecer al mercado regulado de la energía y cumplir una serie de requisitos personales, familiares y de renta permiten reducir el coste de la factura eléctrica a los hogares.
3 feb 2020
¿Cómo solicitar el bono social en 2020?
El bono social es un descuento en las facturas eléctricas que ofrece el Gobierno a aquellos hogares vulnerables con el fin de evitar la pobreza energética en nuestro país.

¿Has oído hablar de la pobreza energética? Se entiende por pobreza energética la dificultad que tienen algunos hogares de hacer frente a los pagos de las facturas de los suministros energéticos por falta de ingresos. Esta problemática afecta a millones de personas en el mundo y en nuestro país entre 6 y 7 millones no puede afrontar estos recibos.

Así, el bono social surgido en 2009 por primera vez en España, cada año permite que los hogares comprendidos en las categorías de vulnerables, vulnerables severo y en riesgo de exclusión social, puedan hacer uso de la energía a un precio reducido.

El bono social tiene una validez de dos años por lo que tras el transcurso de los mismos este debe renovarse solicitándolo de nuevo ante la comercializadora.

Requisitos para acogerse al bono social en 2020

Para solicitar el bono social es primordial contar con un contrato en una comercializadora de referencia, es decir, en el mercado regulado y disponer de la tarifa PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor). Así, este tipo de tarifa también supone tener una potencia máxima contratada de 10 kW.

Por otra parte, están los requisitos personales, familiares y de renta que establecen de qué tipo de descuento puedes ser beneficiario. En la web oficial del Ministerio para la Transición Ecológica podrás consultar en detalle las condiciones según ingresos.

Las categorías fijadas según los requisitos personales, familiares y de renta son:

  • Consumidor vulnerable, quien tendrá acceso a un descuento del 25%.

  • Consumidor vulnerable severo, con posibilidad de obtener hasta un 40% de descuento en sus facturas eléctricas.

  • Consumidor en riesgo de exclusión social, categoría que quien la ostenta no tendrá que abonar el coste de la factura.

## ¿Qué documentos necesito?

Para beneficiarse del bono social 2020 debes ser titular del suministro y residir habitualmente en la vivienda donde pretenden reducir los gastos derivados de las facturas eléctricas.

Asimismo y como hemos comentado antes, será indispensable contar con un contrato en el mercado regulado de la energía y una tarifa PVPC. Una vez cumplidos estos requisitos, la documentación necesaria para solicitar el bono social 2020 y que debe remitirse a la comercializadora de referencia es la siguiente:

  • Formulario de solicitud del bono social cumplimentado con los datos necesarios, entre ellos, todos los de las personas que componen la unidad familiar. Este podrá facilitártelo tu comercializadora de referencia.

  • Fotocopia del DNI del titular del suministro y de todos los habitantes de la casa.

  • Si se trata de una unidad familiar deberá presentarse, también, fotocopia del libro de familia.

  • Si el titular no forma parte de una unidad familiar se entregará hoja individual del Registro Civil. Certificado de empadronamiento vigente.

  • Si corresponde a una familia numerosa será necesario la fotocopia del título acreditativo de dicha situación.

  • Certificado o documento específico por parte de los servicios sociales u órganos competentes que acrediten la situación de vulnerabilidad del consumidor en cuestión.

Recordemos que en España también contamos con un bono social térmico y que según el Ministerio para la Transición Ecológica se trata de un “programa de ayudas para compensar los gastos térmicos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción y el agua caliente o cocina”.

El único requisito para ser beneficiario/a del bono social térmico es serlo, primero, del bono social eléctrico.

*Actualización

Tras la situación provocada por la pandemia, el Gobierno extiende la ayuda del bono social e incluye como colectivos vulnerables de forma temporal a los trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad a causa del COVID-19 y a los trabajadores autónomos con un descenso de su facturación de un 75% de promedio respecto al semestre anterior a causa del COVID-19.

Puedes consultar todos los requisitos aquí.